En el día del trabajador de Prensa, como cada 25 de Marzo, reivindicamos esta fecha surgida a partir del Decreto-Ley 7.618/44 impulsado y promulgado por Juan Domingo Perón, sostenido en nuestro Convenio Colectivo de Trabajo 346/75 redactado por nuestro Secretario General, compañero Amílcar González, que en su Artículo 21 indica: «Se deje establecido el 25 de marzo fecha en que fue dictado mediante decreto ley 7618/44 el Estatuto del Periodista Profesional como Día del Trabajador de Prensa a todos los efectos legales será considerada esa fecha en las mismas condiciones que los feriados nacionales».
Esto implica que si un trabajador de Prensa es convocado a trabajar debe percibir una remuneración equivalente al doble de una jornada habitual.
